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Cobrar el seguro de vida por incapacidad permanente absoluta. Trámites a seguir.
En este artículo detallamos los trámites a seguir para cobrar el seguro de vida por incapacidad permanente absoluta. ¡Sal de dudas con Seguros Quiero!
Los seguros de vida además del fallecimiento del titular pueden cubrir la incapacidad permanente absoluta (IPA). ¿Qué es la incapacidad permanente absoluta revisable? En la condición física que inhabilita total y permanentemente a un trabajador para poder desarrollar toda profesión u oficio. Esta condición puede ser fruto de un accidente o enfermedad.
¿Cómo cobrar el seguro de vida por incapacidad permanente absoluta?
En caso de que se declare la incapacidad permanente absoluta del titular de la póliza se deberá notificar a la compañía aseguradora acompañando esta notificación de un certificado de la invalidez emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social indicando la fecha y qué causas son las que han provocado la invalidez. Es posible que la compañía solicite una evaluación médica y/o pericial adicional.
Una vez la compañía examine el caso y los informes, la aseguradora deberá realizar el pago en los 40 días siguientes a la notificación de la invalidez o siniestro. Si el INSS emite una resolución de incapacidad permanente absoluta revisable es muy posible que la compañía no nos indemnice, hay que leer muy bien los condicionados.
Si la aseguradora no satisface el pago en el plazo de tres meses sin causa justificada el pago se incrementará con un interés anual del 50%.
Debemos tener en cuenta de que en caso de que se “active” la garantía de incapacidad permanente absoluta y se cobre la prestación la garantía de fallecimiento se considera anulada. Las pólizas que cubren fallecimiento e IPA cubren cualquiera de esas dos garantías, la que ocurra antes. Nunca las dos. Por lo tanto, una póliza de vida que se cobre por IPA se considerará satisfecha por completo. En caso de querer cubrir el fallecimiento se debería contratar otro seguro de vida en ese momento.
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¿Está sujeto a impuestos?
Si cobramos el seguro de vida por invalidez permanente absoluta o por fallecimiento deberemos abonar el impuesto de sucesiones. Normalmente la compañía emitirá un certificado con la cantidad que percibiremos y con el que deberemos acudir a hacienda a liquida el impuesto de sucesiones y donaciones correspondiente a dicha cantidad. Si tienes dudas puedes consultar nuestro artículo “Cobrar el seguro de vida por fallecimiento. Trámites a seguir” donde explicamos cómo abonar el ISD.
Cobrar un seguro de vida por incapacidad permanente absoluta es un trámite que puede resultar algo tedioso, lo mejor es saber qué coberturas tenemos y contestar honestamente a los cuestionarios médicos, nos ahorraremos problemas a la hora de cobrar estos seguros. Si quieres contratar un seguro de vida por fallecimiento e incapacidad permanente absoluta revisable usa nuestro comparador de seguros de vida y accede a los mejores precios.