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¿Qué es un corredor de seguros y qué requisitos tiene?

Artículo relacionado con la figura del corredor de seguros. Qué es necesario para ser corredor de seguros y las diferencias que hay entre un corredor de seguros y un agente de seguros.

En el siguiente post vamos a hablar de todo lo que está relacionado con la figura del corredor de seguros. Una de las profesiones que más ha evolucionado. También vamos a hablar de lo que es necesario para ser corredor de seguros y las diferencias que hay entre un corredor de seguros y un agente de seguros.

Un corredor de seguros es aquel que realiza la mediación de seguros de manera independiente. Sin estar vinculado a ninguna compañía aseguradora. Por lo que debe ofrecer asesoramiento imparcial y profesional a quienes así lo demanden. Por lo tanto, debe llevar a cabo un análisis objetivo que permite al corredor recomendar seguros adecuadamente al cliente desde el criterio profesional con el que cuenta. En definitiva, un corredor de seguros es un tipo de mediador, (recogido y regulado en la “ley de 26/2006 de 27 de Julio de mediación de seguros y reaseguros privados”), el cual ofrece asesoramiento independiente, profesional e imparcial de los distintos productos y servicios que puedan ofrecer las distintas aseguradoras con las que éste trabaja.

¿Cuáles son los requisitos que debemos cumplir si queremos ser corredor de seguros?

Estas son las distintas opciones y los pasos que debes seguir si quieres ser corredor o mediador de seguros:
  • La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones homológa varios cursos que brindan la posibilidad de tener un título de Mediador de Seguros.
  • Por lo general, es necesario tener terminado Bachillerato Superior. Suelen ser impartidos por los propios Colegios de Mediadores de Seguros de cada zona de España.
  • A veces, también se puede cursar en algunas universidades y a posteriori se puede llevar a cabo la convalidación pertinente.
  • Título de Mediador de Seguros A, considerado un título básico con el que se adquiere formación sobre seguros, temática financiera referente al sector asegurador, normativa legal, etc. La duración mínima de éste es de unas 500 horas. Tener este título es imprescindible si quieres ser corredor de seguros o fundar tu propia correduría.
  • También puedes elegir esta otra opción, llevar a cabo un examen oficial que aparece en el Real Decreto 764/2010. Deberás prepararlo por tu cuenta. Esta opción es menos recomendable por la dificultad que implica el examen. Siempre será mucho más sencillo obtener el título mediante el curso que se realice que con el examen preparado por uno mismo.
  • En el artículo 10 del Real Decreto 764/2010 se establecen las condiciones necesarias y los conocimientos que debemos tener para realizar la prueba. En el artículo 12 donde se explican los contenidos y la duración del curso de formación que hemos comentado con anterioridad.

¿Qué diferencias hay entre un corredor de seguros y un agente de seguros?

Hay una ley establecida y regulada (Ley 26/2006, de 17 de Julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados), que establece las diferencias existentes entre las distintas modalidades profesionales dentro de la Mediación en Seguros. Vamos a centrarnos en las diferencias entre dos figuras concretas, corredor de seguros y agente de seguros.

Corredor de Seguros

  • El corredor de seguros es la figura intermediaria entre las compañías aseguradoras y sus clientes, sin estar vinculada en exclusiva a ninguna de ellas. El corredor de seguros mantiene un contrato de mediación con las distintas compañías aseguradoras para el asesoramiento, comercialización y gestión de los contratos de seguros.
  • El corredor de seguros debe llevar a cabo la mediación de seguros de un modo independiente sin estar vinculados a las entidades aseguradoras. Por este motivo, debe ofrecer asesoramiento profesional imparcial a todo aquel que demande la cobertura o coberturas de los riesgos a los cuales se encuentran expuestos.
  • Es fundamental prestar especial atención al apartado dirigido al asesoramiento independiente, profesional e imparcial, esta es la obligación esencial que debe tener un corredor de seguros. Debe llevar a cabo un análisis previo totalmente objetivo. Este análisis objetivo le permitirá al corredor de seguros llevar a cabo una recomendación al usuario o cliente adecuada, atendiendo a criterios completamente profesionales.
  • Se considera completo el análisis objetivo cuando se valoran al menos 3 propuestas de diferentes aseguradoras, tanto si dicho análisis se ha hecho de forma general o se ha llevado a cabo algún diseño o negociado algún seguro específico para algún cliente para ofrecerlo de forma exclusiva.
  • Los corredores de seguros deben informar sobre las condiciones del contrato que ellos aconsejan mediante su criterio profesional. Este contrato debe ser el que mejor se adapte a las necesidades de dicho cliente.
  • El corredor de seguros prestará información, asistencia y asesoramiento a sus clientes durante todo el proceso, en todo momento y, sobre todo, en caso de siniestro.
El corredor es, por tanto, el profesional más cualificado. Es un tipo específico de mediador, el cual tiene obligaciones y exigencias bastante superiores al Agente de seguros. Como por ejemplo, autorización administrativa, capacidad legal a nivel comercial, etc. Además, está obligado a obtener el diploma de mediador de seguros titulado, así como honorabilidad y profesionalidad comercial.

Agente de Seguros

  • Los agentes de seguros son los encargados de mediar dentro del sector asegurador, desarrollando la actividad vinculada a una entidad aseguradora mediante la generación de un contrato de agencia de seguros.
  • Los agentes de seguros están vinculados a nivel contractual con la compañía o compañías aseguradoras a las que representan y por ello mantienen una relación de dependencia con la o las mismas. La aseguradora, a su vez, debe responder por las acciones del mediador.
  • Los agentes de seguros pueden ser exclusivos, es decir, que estén inscritos en el Registro de agentes de una entidad aseguradora concreta con la que han firmado un contrato exclusivo. La compañía aseguradora se encarga de la formación continua de todos sus agentes exclusivos y por ello no podrán ejercer como agentes ni como asesores externos a dicha aseguradora.
  • Los agentes de seguros pueden ser vinculados, es decir, desarrollarán la actividad propia de mediación en seguros vinculada a varias entidades aseguradoras debiendo acreditar para ello que ha superado el curso de formación específico y una prueba de aptitud.
  • Para que un agente de seguros exclusivo pueda operar como agente de seguros vinculado tendrá que conseguir el consentimiento de la aseguradora con la que está realizando la mediación en exclusiva. Sin ese permiso, no podrá trabajar con otras entidades aseguradoras. 
Esperamos haber resuelto todas vuestras dudas sobre estas dos figuras tan importantes en el mundo del seguro. Cualquier otra duda que os pueda surgir sobre todo lo relacionado con este sector podrás resolverlas en nuestro blog de SegurosQuiero.
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